000 03117nam a22003977i 4500
001 AZUAY-92929
003 AZUAY
005 20251111043055.0
008 251108b |||||||gr|||| 00| | d
020 _a978-9972-238-59-8
040 _aAZUAY
_bspa
_cAZUAY
_dAZUAY
_erda
041 0 _aspa
082 0 4 _a345.05
_bM448
100 1 _aMauet, Thomas A.,
_eautor
245 1 0 _aTécnicas de litigación oral
250 _a1a. ed.
264 3 1 _aLima, Perú :
_bARA Editores,
_c2022
300 _a175 páginas :
_bfiguras, tablas
300 _bImpreso
336 _2rdacontent
_atexto
_btxt
337 _2rdamedia
_ano mediado
_bn
338 _2rdacarrier
_avolumen
_bnc
504 _aIncluye abreviaturas, bibliografía, anexos
520 3 _aEl nuevo mundo de los peritos en las cortes federales y estatales. La psicología de la persuasión del jurado. Revelación y presentación del informante: una segunda mirada a los informantes pagados. ¿Se puede instruir a los abogados litigantes? Estudio final: El proceso penal norteamericano y su influencia en el proceso penal peruano.
520 3 _bLa presente obra reúne un conjunto variado e interesante de ensayos sobre diversas instituciones del proceso penal norteamericano realizado por el ilustre Profesor Thomas Mauet. Hay muchísimos elementos que del modelo norteamericano se está tomando en cuenta en la reforma procesal de los países iberoamericanos. En ese contexto, el lector podría preguntarse ¿Qué utilidad puede tener el estudio del proceso penal de otro país? La justificación del análisis comparativo de la problemática procesal penal puede ser hallada en diversos niveles. En primer lugar, desde una perspectiva teórica, el estudio del derecho comparado es considerado el punto de enlace entre la dogmática jurídica, relacionado más bien a la legislación concreta, y la teoría general del derecho, con un marco de referencia más abstracto. En segundo lugar, aunque es cierto que a nivel doctrinal no se sostienen más posturas de corte que consideren viable un ordenamiento jurídico universal, reconociéndose más bien la idea del pluralismo jurídico; sin embargo, la tendencia de unificación, recepción o, al menos, de coordinación que viene evidenciándose en el plano jurídico penal, hacen necesario el conocimiento, al menos preliminar, de los desarrollos legislativos correspondientes a otros órdenes jurídicos. En tercer lugar, resulta necesario subrayar los posibles efectos que de puede generar el estudio comparado de las instituciones procesales, pues a través de aquel es posible lograr el perfeccionamiento de la legislación sometida a comparación.
650 1 4 _aDERECHO PROCESAL
650 1 4 _aLITIGACIÓN DE JUICIOS ORALES
650 1 4 _aNORTEAMERICA
650 1 4 _aPERITOS
650 1 4 _aPERÚ
650 1 4 _aPROCESO PENAL
654 0 _a345.05 - Procedimiento penal, administración de justicia penal, reglas del tribunal.
654 0 _a345.05 - Procedimiento penal, administración de justicia penal, reglas del tribunal.
700 1 _aReyna Alfaro, Luis Miguel,
_eeditor
942 _2ddc
_c5
999 _c43937
_d43937