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100 1 _aEspitia Garzón, Fabio,
_eautor
245 1 0 _aHistoria del Derecho Romano. Tomo II, Derecho penal público. Derecho privado
250 _a1a. ed.
264 3 1 _aBogotá :
_bUniversidad Externado de Colombia,
_c2022
300 _a404 páginas
300 _bImpreso
336 _2rdacontent
_atexto
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_ano mediado
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504 _aIncluye referencias bibliográficas (páginas 351-368) e índice temático, onomástico y de fuentes
520 3 _aDerecho Penal. Publico: SECCIÓN I.- I. Crímenes y penas; II. Procedimiento. SECCIÓN II.- I. La ciudad del Lacio y el derecho ´arcaico´ (siglos VIII-III a.c.); II. La ciudad ´mundo´ y el derecho del ´poderío universal´ o ´clásico´ (s. III a.c. - inicios s. IV); III. La ´Segunda Roma´ y el derecho ´protobizantino´ o ´tardío´ (inicio s. IV - s. VI). Personas; Bienes; Sucesiones; Obligaciones; Procedimiento.
520 3 _bEn esta obra se explica, de un lado, cómo Roma, una pequeña aldea fundada cerca del río Tíber, entre siete colinas que aún hoy se recorren en un plácido paseo vespertino otoñal, se convirtió en el gran imperio que abarcó desde Mesopotamia hasta Britania, y de otro, cómo se erigió en cuna del denominado derecho continental, por medio del cual pervive hoy escapando a la vejez y a la muerte.Este tomo, el segundo, se encuentra escindido en dos partes: La primera, titulada ´Derecho penal público´, aborda tanto los crímenes y las penas como los mecanismos de indagación y juzgamiento en las diversas fases políticas que atravesó el pueblo romano. La segunda, que se ha dado en llamar ´Derecho privado´, entendido, en palabras de Ulpiano como el que ´se refiere a la utilidad de cada cual´, parte de tres conceptos: el derecho natural, común a todos los animales, el de gentes, común a todos los humanos, y el de civil, o propio de cada ciudad.En ella se observa cómo las diversas condiciones económicas -junto, en ocasiones, a las políticas y religiosas- impusieron formas diferente de reglamentar las relaciones jurídicas respecto a las personas, sus bienes, las sucesiones, las obligaciones y la forma de administrar justicia entre particulares, temas que se han englobado tradicionalmente bajo el ropaje de ´Instituciones´.En relación con la historia política de Roma, el establecimiento de períodos es siempre arbitrario, pero como ello puede hacer más accesible el estudio de la materia, al abordar cada uno de los temas, se alude a los siguientes ´momentos´: a). ´derecho arcaico´, que permite ver las respuestas normativas acordes con la de una pequeña comunidad en crecimiento;b). ´Derecho del poderío universal´ o ´clásico´, que refleja las diversas y muy ricas soluciones jurídicas impuestas por el entorno social, político, y económico del imperio, yc). ´Derecho protobizantino´ o ´tardío´, en el que se observa la necesidad de conservar el imponente legado precedente, acompasada con la visión del nuevo orden cristiano.
650 1 4 _aDERECHO CIVIL
650 1 4 _aDERECHO PENAL
650 1 4 _aDERECHO ROMANO
650 1 4 _aHISTORIA DEL DERECHO
650 1 4 _aPROCEDIMIENTO CIVIL
650 1 4 _aSUCESIONES
654 0 _a349.2 - Derecho de organizaciones intergubernamentales regionales
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