000 02216nam a22003257i 4500
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003 AZUAY
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040 _aAZUAY
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_erda
041 0 _aspa
084 _aUDA-BG T19228
100 1 _aValdivieso Vintimilla, Fernando José,
_eautor
245 1 0 _aExclusión del flete de la base imponible: armonía entre la Normativa Ecuatoriana y la emitida por la Comunidad Andina en la decisión 894, frente a los lineamientos expuestos por la Organización Mundial de Comercio
264 3 1 _aEcuador :
_bUniversidad del Azuay-Facultad de Ciencias Jurídicas-Escuela de Derecho,
_c2023
300 _a45 páginas
300 _bDigital
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_atexto
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338 _2rdacarrier
_arecurso en línea
_bcr
502 _aAbogado
520 3 _bLa presente investigación tuvo como objetivo, determinar si el Estado ecuatoriano mediante la reforma realizada, de eliminar el flete internacional de la base imponible y, armonizado legalmente bajo la Decisión 894 de la CAN, obró de manera legal y correcta a lo establecido por la OMC según sus principios internacionales. Así, por medio de una revisión bibliográfica - normativa de la CAN, COPCI, RCOPCI; tratados internacionales hacia el flete de mercancías; estableció que, la ley ecuatoriana dentro de su conceptualización hacia la base imponible para el cálculo de los impuestos al comercio exterior está legalmente establecida con lo descrito por la Comunidad Andina en la Decisión 894 y dichas acciones se desarrollan con un limitado conflicto de principios hacia las buenas prácticas ante las disposiciones vigentes de la OMC y el transporte de mercancías (sistemas marítimo y aéreo); pero dichas acciones normativas de Ecuador y la CAN no son ilegales
650 1 4 _aBASE IMPONIBLE
650 1 4 _aCOMUNIDAD ANDINA DE NACIONES-CAN
650 1 4 _aEXCLUSIÓN
650 1 4 _aORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO-OMC
700 1 _aCampoverde Cárdenas, Claudia,
_edirector de Tesis
856 4 0 _uhttp://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/13704
_yVer documento en línea
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