000 02236nam a22003257i 4500
001 AZUAY-85881
003 AZUAY
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_erda
041 0 _aspa
084 _aUDA-BG T15775
100 1 _aUrgilez Quizhpi, Mateo Ramiro,
_eautor
245 1 0 _aExcepciones previas necesidad de reforma al sistema de excepciones en el Código Orgánico General de Procesos
264 3 1 _aEcuador :
_bUniversidad del Azuay-Facultad de Ciencias Jurídicas-Escuela de Derecho,
_c2020
300 _a180 páginas
300 _bDigital
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_arecurso en línea
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502 _aAbogado de los Tribunales de Justicia de la República
520 3 _bTras la vigencia del Código Orgánico General de Procesos, se adopta aparentemente un nuevo sistema de excepciones previas, recogiendo en una sola denominación, tanto excepciones subsanables y no subsanables, con la intención de otorgar una resolución rápida y sencilla, que permita depurar cualquier error o circunstancia que impida conocer y resolver el fondo del asunto o por el contrario enervar la acción del actor, y dar por terminado de manera anticipada el proceso.Pero lejos de aquella intención, el Código Orgánico General de Procesos, adolece de varias inconsistencias y contradicciones , por tal razón la Corte Nacional de Justicia se vio en la necesidad de emitir una resolución, que pretendió dar respuesta a las interrogantes y dificultades al momento de tratar una excepción previa, sin embargo, todavía existen ciertos vestigios e incertidumbres sin resolver, por lo que es nuestro deber evidenciarlos y posteriormente intentar otorgar una propuesta para la correcta resolución de una excepción dilatoria o perentoria.
650 1 4 _aCÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
650 1 4 _aCÓDIGO ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS-COGEP
650 1 4 _aEXCEPCIÓN PREVIA
650 1 4 _aRESOLUCIÓN 12/17
700 1 _aPiedra Iglesias, Wilson Olmedo,
_edirector de Tesis
856 4 0 _uhttp://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/10145
_yVer documento en línea
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