000 02290nam a22003257i 4500
001 AZUAY-71459
003 AZUAY
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_erda
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084 _aUDA-BG -M08801
100 1 _aFárez Sánchez, Andrea Gabriela,
_eautor
245 1 0 _aTentativa de violación
264 3 1 _aEcuador :
_bUniversidad del Azuay-Posgrados,
_c2008
300 _a21 páginas
300 _bDigital
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_atexto
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_arecurso en línea
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502 _aEspecialista en Derecho Penal
520 3 _bLa culpabilidad, faceta más difícil del Derecho Penal implica introducirse en el terreno de la voluntad. El injusto penal debe pertenecerle al autor material, subjetivamente y como producto de su racionalidad normal. Las circunstancias -personales y externas- que concurran, deben motivarlo para cumplir con la norma. La culpabilidad es reprochabilidad del ilícito a su autor, no se motivó en la norma bajo determinadas circunstancias. La doctrina considera como elementos de la culpabilidad, a la capacidad de culpabilidad, la conciencia de la antijuridicidad y la exigibilidad de otra conducta. La culpabilidad se centra en la relación entre la voluntad humana y el delito en su juicio de reproche. La culpabilidad supone la imposibilidad de atribuir responsabilidad por hechos respecto de los que no exista dolo ni culpa del autor. La prueba de la culpabilidad en sentido jurídico penal y como elemento del delito corresponde al Estado relacionado sin duda con la presunción de inocencia que representa un límite para el legislador. El Estado deberá demostrar la culpabilidad reprochando un hecho a una persona determinada. La culpabilidad, por lo tanto enfoca dos aspectos como elemento integrante de la Teoría del Delito y como Principio de Política Criminal que sirve como límite a la punición.
650 1 4 _aBIEN JURÍDICO PROTEGIDO
650 1 4 _aDERECHO
650 1 4 _aTOMA DE POSICIÓN
650 1 4 _aVIOLACIÓN
700 1 _aAboso, Gustavo Eduardo,
_edirector de Tesis
856 4 0 _uhttp://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/5180
_yVer documento en línea
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