000 02247nam a22003017i 4500
001 AZUAY-69135
003 AZUAY
005 20251111042840.0
008 251108b ||||||||qm||| 00| | d
040 _aAZUAY
_bspa
_cAZUAY
_dAZUAY
_erda
041 0 _aspa
084 _aUDA-BG -M06390
100 1 _aEspinoza Saquicela, Nelly Elizabeth,
_eautor
245 1 0 _aAdopción de hijos en la legislacion ecuatoriana
264 3 1 _aEcuador :
_bUniversidad del Azuay-Facultad de Ciencias Jurídicas-Escuela de Derecho,
_c2007
300 _a121 páginas
300 _bDigital
336 _2rdacontent
_atexto
_btxt
337 _2rdamedia
_acomputadora
_bc
338 _2rdacarrier
_arecurso en línea
_bcr
502 _aAbogado de los Tribunales de Justicia de la República
520 3 _b´Considera la alumna: La Adopción, es una Institución propia del derecho de familia, de carácter pleno, encargada de la protección del niño, niña o adolescente, a quien se le permite convertirse, legalmente, en el hijo o hija de otros padres, adoptivos, distintos de los naturales, garantizándole una familia idónea, perpetua y definitiva al niño, niña o adolescente. En la actualidad aquella en nuestra legislación, está considerada bajo un régimen pleno, basado en el principio del ´Interés Superior del menor´, y a través de cual se establece entre el adoptado y el adoptante una relación en donde el adoptado tiene derechos, atributos, deberes, responsabilidades, prohibiciones, inhabilidades e impedimentos propios de la relación parento filial, dando como consecuencia que el hijo adoptivo se asimile en todo al hijo consanguíneo. En nuestros días, la adopción ha sido regulada de tal manera que el menor va a un lugar conocido, en el que se presume se le brindará un buen trato y en donde él o los adoptantes han cumplido con los requisitos necesarios exigidos por el Código de la Niñez y Adolescencia y más normas pertinentes, tanto en la fase administrativa como la judicial.´
650 1 4 _aADOPCIÓN INTERNACIONAL
650 1 4 _aDESARROLLO INFANTIL
700 1 _aSacasari Aucapiña, Cesar Geovanni,
_edirector de Tesis
856 4 0 _uhttp://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/754
_yVer documento en línea
942 _2z
_c6
999 _c25039
_d25039