TY - BOOK AU - Espitia Garzón,Fabio TI - Historia del Derecho Romano. Tomo II, Derecho penal público. Derecho privado SN - 978-958-7908-35-0 U1 - 349.2 PY - 2022/// CY - Bogotá PB - Universidad Externado de Colombia KW - DERECHO CIVIL KW - DERECHO PENAL KW - DERECHO ROMANO KW - HISTORIA DEL DERECHO KW - PROCEDIMIENTO CIVIL KW - SUCESIONES KW - 349.2 - Derecho de organizaciones intergubernamentales regionales N1 - Incluye referencias bibliográficas (páginas 351-368) e índice temático, onomástico y de fuentes N2 - Derecho Penal. Publico: SECCIÓN I.- I. Crímenes y penas; II. Procedimiento. SECCIÓN II.- I. La ciudad del Lacio y el derecho ´arcaico´ (siglos VIII-III a.c.); II. La ciudad ´mundo´ y el derecho del ´poderío universal´ o ´clásico´ (s. III a.c. - inicios s. IV); III. La ´Segunda Roma´ y el derecho ´protobizantino´ o ´tardío´ (inicio s. IV - s. VI). Personas; Bienes; Sucesiones; Obligaciones; Procedimiento; En esta obra se explica, de un lado, cómo Roma, una pequeña aldea fundada cerca del río Tíber, entre siete colinas que aún hoy se recorren en un plácido paseo vespertino otoñal, se convirtió en el gran imperio que abarcó desde Mesopotamia hasta Britania, y de otro, cómo se erigió en cuna del denominado derecho continental, por medio del cual pervive hoy escapando a la vejez y a la muerte.Este tomo, el segundo, se encuentra escindido en dos partes: La primera, titulada ´Derecho penal público´, aborda tanto los crímenes y las penas como los mecanismos de indagación y juzgamiento en las diversas fases políticas que atravesó el pueblo romano. La segunda, que se ha dado en llamar ´Derecho privado´, entendido, en palabras de Ulpiano como el que ´se refiere a la utilidad de cada cual´, parte de tres conceptos: el derecho natural, común a todos los animales, el de gentes, común a todos los humanos, y el de civil, o propio de cada ciudad.En ella se observa cómo las diversas condiciones económicas -junto, en ocasiones, a las políticas y religiosas- impusieron formas diferente de reglamentar las relaciones jurídicas respecto a las personas, sus bienes, las sucesiones, las obligaciones y la forma de administrar justicia entre particulares, temas que se han englobado tradicionalmente bajo el ropaje de ´Instituciones´.En relación con la historia política de Roma, el establecimiento de períodos es siempre arbitrario, pero como ello puede hacer más accesible el estudio de la materia, al abordar cada uno de los temas, se alude a los siguientes ´momentos´: a). ´derecho arcaico´, que permite ver las respuestas normativas acordes con la de una pequeña comunidad en crecimiento;b). ´Derecho del poderío universal´ o ´clásico´, que refleja las diversas y muy ricas soluciones jurídicas impuestas por el entorno social, político, y económico del imperio, yc). ´Derecho protobizantino´ o ´tardío´, en el que se observa la necesidad de conservar el imponente legado precedente, acompasada con la visión del nuevo orden cristiano ER -