Análisis de las Limitaciones Legales a la Donación de Órganos en vida y su connotación constitucional
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Abogado de los Tribunales de Justicia de la República
Con el avance de la medicina ha surgido la donación de órganos en vida como una alternativa para mejorar la calidad de vida de los pacientes que padecen enfermedades graves. La Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos Tejidos y Células, establece en su artículo 33 cuales son los requisitos para que sea posible llevar a cabo este tipo de donación, estableciendo en su literal b) que solo podrán constituirse como donantes los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o el cónyuge o conviviente, desconociendo a los parientes por afinidad y cualquier otro tipo de relación que puede mantener el ser humano, vulnerando los derechos de salud y vida reconocidos en la Constitución de la República.
DERECHOS DE SALUD Y VIDA DONACIÓN DE ÓRGANOS DONACIÓN EN VIDA PARIENTES