Andrade Ullauri, María del Rocío,

Derecho a la Información y a la Comunicación según nuestra Constitución Vigente - 51 páginas Impreso

Abogado de los Tribunales de Justicia de la República

El derecho a la información y al a comunicación están considerados como derechos primordiales de la persona, de igual manera también se consideran como una prerrogativa fundamental de la sociedad en su conjunto, es importante señalar que estos derechos constituyen uno de los pilares esenciales de toda democracia y por tanto el sustento del Estado Constitucional de Derecho. Como todo derecho su interdependencia con otros derechos de igual jerarquía supone obligaciones correlativas y por tanto la facultad de ser limitado por ley medios. Actualmente el Ecuador atraviesa un momento importante en cuanto a este tema, aunque más allá de las disputas y tensiones existentes entre el gobierno y los grandes medios de comunicación que giran en torno a los alcances de los derechos de libertad relacionados con la comunicación, existen otros importantes problemas relacionados con la forma de adquirir, usar y transferir las frecuencias para el funcionamiento de estaciones de radio y televisión.


COMISIÓN AUDITORA DE FRECUENCIAS DE RADIO Y TELEVISIÓN
DERECHO
DERECHO A LA COMUNICACIÓN
DERECHO A LA INFORMACIÓN