Inconsistencias del Procedimiento Monitorio frente al Derecho a la Defensa del Deudor

By: Contributor(s): Material type: TextTextLanguage: Spanish Publisher: Ecuador : Universidad del Azuay-Facultad de Ciencias Jurídicas-Escuela de Derecho, 2019Description: 90 páginas; DigitalContent type:
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  • computadora
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  • recurso en línea
Subject(s): Other classification:
  • UDA-BG T15205
Online resources: Dissertation note: Abogado de los Tribunales de Justicia de la República Abstract: El Procedimiento Monitorio previsto en la legislación ecuatoriana, requiere de un análisis exhaustivo, con el fin de superar la deficiente técnica legislativa con la que cuenta su regulación normativa provocando una serie de inconsistencias y dificultades al momento de su aplicación práctica. Lo indicado, en razón, que el Código Orgánico General de Procesos no establece de manera clara, concreta y precisa los documentos que deben y pueden servir de base para justificar un crédito que se pretende demandar en la vía monitoria, sino por el contrario, establece lineamientos muy generales provocando una situación de absoluta discrecionalidad para al Juzgador al momento de proceder a calificar la demanda monitoria, debido, que dichos documentos al no gozar de una presunción de autenticidad, no permiten al Juzgador tener plena convicción y certeza sobre la existencia del crédito reclamado, lo cual, puede vulnerar de manera directa y fehaciente el Derecho al Debido Proceso del Demandado, concretamente su Derecho a la Defensa.
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Tesis Biblioteca Hernán Malo González Digital UDA-BG T15205 (Browse shelf(Opens below)) Available T15205

Abogado de los Tribunales de Justicia de la República

El Procedimiento Monitorio previsto en la legislación ecuatoriana, requiere de un análisis exhaustivo, con el fin de superar la deficiente técnica legislativa con la que cuenta su regulación normativa provocando una serie de inconsistencias y dificultades al momento de su aplicación práctica. Lo indicado, en razón, que el Código Orgánico General de Procesos no establece de manera clara, concreta y precisa los documentos que deben y pueden servir de base para justificar un crédito que se pretende demandar en la vía monitoria, sino por el contrario, establece lineamientos muy generales provocando una situación de absoluta discrecionalidad para al Juzgador al momento de proceder a calificar la demanda monitoria, debido, que dichos documentos al no gozar de una presunción de autenticidad, no permiten al Juzgador tener plena convicción y certeza sobre la existencia del crédito reclamado, lo cual, puede vulnerar de manera directa y fehaciente el Derecho al Debido Proceso del Demandado, concretamente su Derecho a la Defensa.

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