Acción de Lesividad

By: Contributor(s): Material type: TextTextLanguage: Spanish Publisher: Ecuador : Universidad del Azuay-Facultad de Ciencias Jurídicas-Escuela de Derecho, 2010Description: 89 páginas; DigitalContent type:
  • texto
Media type:
  • computadora
Carrier type:
  • recurso en línea
Subject(s): Other classification:
  • UDA-BG T08227
Online resources: Dissertation note: Abogado de los Tribunales de Justicia de la República Abstract: No todo acto administrativo es perfecto, puede adolecer de errores que lo vuelven nulo, anulable o revocable, la revocabilidad no queda a discreción de la administración. Revocar un acto puede acarrear perjuicios a los beneficiarios del mismo, quien decide si el acto administrativo, anulable, es o no lesivo al interés público es el órgano jurisdiccional, ante quien se propone la acción. La acción de lesividad es una excepción a la estabilidad del acto administrativo, fundamentada en su impugnabilidad. La administración es el legitimado activo, demanda un acto propio que lo estima inconveniente al interés público. Lamentablemente, la acción de lesividad no tiene un procedimiento propio, en virtud de ello las circunstancias exigen una reforma normativa.
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Tesis Biblioteca Hernán Malo González Digital UDA-BG T08227 (Browse shelf(Opens below)) Available T08227

Abogado de los Tribunales de Justicia de la República

No todo acto administrativo es perfecto, puede adolecer de errores que lo vuelven nulo, anulable o revocable, la revocabilidad no queda a discreción de la administración. Revocar un acto puede acarrear perjuicios a los beneficiarios del mismo, quien decide si el acto administrativo, anulable, es o no lesivo al interés público es el órgano jurisdiccional, ante quien se propone la acción. La acción de lesividad es una excepción a la estabilidad del acto administrativo, fundamentada en su impugnabilidad. La administración es el legitimado activo, demanda un acto propio que lo estima inconveniente al interés público. Lamentablemente, la acción de lesividad no tiene un procedimiento propio, en virtud de ello las circunstancias exigen una reforma normativa.

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