Monitoreo de sentencias y normas

By: Material type: TextTextPublisher: Quito : Publicación de la Fundación hacia la seguridad, 2004Edition: 3 edDescription: 200 páginas; ImpresoContent type:
  • texto
Media type:
  • no mediado
Carrier type:
  • volumen
Other classification:
  • UDA-BG 35342
Abstract: El autor señala que acertadamente la Corte Suprema de Justicia, ya que en primera y en segunda instancia no se había considerado que la actora, si bien probó estar en posesión del inmueble, objeto de la litis, no probó que dicha posesión haya durado quince años como determina el art. 2435 el Código Civil y el art. 117 del Código de Procedimiento Civil para que tenga lugar la prescripción adquisitiva de dominio. Destaca además que la sentencia de la Corte Suprema debió tratar el hecho de que la demanda se propuso en contra de una compañía en liquidación
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El autor señala que acertadamente la Corte Suprema de Justicia, ya que en primera y en segunda instancia no se había considerado que la actora, si bien probó estar en posesión del inmueble, objeto de la litis, no probó que dicha posesión haya durado quince años como determina el art. 2435 el Código Civil y el art. 117 del Código de Procedimiento Civil para que tenga lugar la prescripción adquisitiva de dominio. Destaca además que la sentencia de la Corte Suprema debió tratar el hecho de que la demanda se propuso en contra de una compañía en liquidación

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