Reformas que deben introducirse al sistema probatorio establecido con el COGEP
Campoverde Hidalgo, María Elena,
Reformas que deben introducirse al sistema probatorio establecido con el COGEP - 85 páginas Digital
Abogado de los Tribunales de Justicia de la República
El presente trabajo de investigación realiza un análisis jurídico del sistema probatorio establecido en el Código Orgánico General de Procesos, de sus falencias, planteando una reforma legal para los legisladores que no redactaron con la debida probidad el texto de la ley, se generan algunos problemas que se detallan a continuación: En primer lugar, sólo se permite anunciar la prueba en los actos de proposición (demanda, contestación, reconvención y en contestación a ésta), ocasionando falta de libertad probatoria. En segundo lugar, en el sistema probatorio establecido en el COGEP no existe un mecanismo que permita precautelar los derechos de protección de las partes procesales al momento de introducir prueba nueva. Por último, no existe un marco de discrecionalidad que impida al juez vulnerar los derechos de protección, cuando propone una “prueba para mejor resolver. Todo ello genera en la práctica violación de tutela judicial efectiva, debido proceso, seguridad jurídica.
ANÁLISIS JURÍDICO
DERECHOS DE PROTECCIÓN
FALENCIAS
REFORMA LEGAL
SISTEMA PROBATORIO
Reformas que deben introducirse al sistema probatorio establecido con el COGEP - 85 páginas Digital
Abogado de los Tribunales de Justicia de la República
El presente trabajo de investigación realiza un análisis jurídico del sistema probatorio establecido en el Código Orgánico General de Procesos, de sus falencias, planteando una reforma legal para los legisladores que no redactaron con la debida probidad el texto de la ley, se generan algunos problemas que se detallan a continuación: En primer lugar, sólo se permite anunciar la prueba en los actos de proposición (demanda, contestación, reconvención y en contestación a ésta), ocasionando falta de libertad probatoria. En segundo lugar, en el sistema probatorio establecido en el COGEP no existe un mecanismo que permita precautelar los derechos de protección de las partes procesales al momento de introducir prueba nueva. Por último, no existe un marco de discrecionalidad que impida al juez vulnerar los derechos de protección, cuando propone una “prueba para mejor resolver. Todo ello genera en la práctica violación de tutela judicial efectiva, debido proceso, seguridad jurídica.
ANÁLISIS JURÍDICO
DERECHOS DE PROTECCIÓN
FALENCIAS
REFORMA LEGAL
SISTEMA PROBATORIO