Aplicación de la conciliación en el delito de defraudación tributaria previsto en El Código Orgánico Integral Penal
Material type:
TextLanguage: Spanish Publisher: Ecuador : Universidad del Azuay-Facultad de Ciencias Jurídicas-Escuela de Derecho, 2024Description: 51 páginas; DigitalContent type: - texto
- computadora
- recurso en línea
- UDA-BG T20618
| Item type | Current library | Shelving location | Call number | Status | Barcode | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Tesis | Biblioteca Hernán Malo González | Digital | UDA-BG T20618 (Browse shelf(Opens below)) | Available | T20618 |
Abogado de los Tribunales de Justicia de la República
La conciliación penal es una figura procesal que permite dirimir los conflictos penales de forma instantánea por medio de una debida reparación a la víctima del injusto. No obstante, resulta que ciertos delitos no son susceptibles de ser objeto de la figura mencionada debido a que no cumple los requisitos para su procedencia. El delito de defraudación tributaria es una de aquellas infracciones penales que no pueden ser resueltas por conciliación, a pesar de que el sujeto activo haya reparado integralmente al Estado por la evasión tributaria efectuada. Por tanto, el presente trabajo aporta a la academia jurídica ecuatoriana, demostrando que no tiene sentido castigar a quien ya ha reparado los efectos sociales nocivos de la infracción, situación que únicamente atenúa la pena en conformidad al artículo 45 numeral 3 del COIP. Entonces se pretende proponer la posibilidad de aplicar la conciliación penal al delito de defraudación tributaria previsto en el COIP en fundamento y observancia al principio constitucional de eficiencia de recaudación de tributos.
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